
Afianzamiento de cantidades para cooperativas. Nueva legislación
Respecto al Afianzamiento de cantidades o al seguro de afianzamiento cantidades, se avecinan cambios legislativos para las cooperativas de viviendas.
Con fecha 1/1/2016 entra en vigor la nueva legislación aplicable para cooperativas de viviendas en lo referente al seguro de afianzamiento de cantidades.
Desde Surety&Bonds te contamos las novedades.
Novedades para el afianzamiento de cantidades de cooperativas
Se espera que sea un impulso para el sector de las cooperativas, pues va a mejorar con sus novedades, el status quo de estos actores económicos vitales para el desarrollo urbanístico.
Las cooperativas de viviendas y sus gestoras, deben ser el motor en esta época post crisis inmobiliaria. Garantizan que el precio sea justo y contienen posibles burbujas especulativas, ya que su uso es eminentemente residencial y no como activo con el que especular.
Relacionado con la actividad de las sociedades cooperativas como promotoras de viviendas. La nueva legislación 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradores, ha afectado a la ley de ordenación de la edificación, afectando al seguro de caución para afianzamiento de cantidades.
¿Cuáles son esas novedades?
Como novedades referentes a la caución para el afianzamiento de cantidades de las cooperativas de viviendas podemos encontrar:
- La entidad se define como cooperativa, y no como gestora. Esto supone una ventaja en términos de seguridad, pues la alta siniestralidad del sector vino de la mano de gestoras sin capacidad.
- Se garantizarán las cantidades entregadas desde la obtención de la licencia de edificación, el llamado tramo II. Se excluyen otras cantidades anteriores, como gastos de proyecto, compra del terreno y otros gastos previos a la licencia. En este punto es donde realmente se producen los siniestros debido a la retirada de socios principalmente. En el tramo II si bien, existen riesgos de mala ejecución, retrasos en la entrega y otros, estos siempre estarán mas controlados que en el tramo I.
- Se fijan los requisitos del seguro de caución:
- La póliza será individual, no colectiva, protegiendo así al comprador.
- Se aseguran el total de cantidades entregadas, incluyendo impuestos.
- La falta de pago de prima no será una excepción oponible.
- La duración del seguro no puede ser menor a la fecha de construcción y la entrega del seguro.
- En caso de prórroga en la entrega, se produce también prórroga en el seguro.
- Se considera un riesgo menor, y por lo tanto el consumidor queda protegido, pudiendo acudir a la DGS o al departamento de reclamaciones de la compañía en caso de reclamación.
Esperamos que dichas modificaciones, funcionen para un lograr un desarrollo autonómico y que el sector sea un motor de desarrollo, sin los fallos de épocas anteriores.
En Surety&Bonds tenemos soluciones para el afianzamiento de cantidades, si necesitas información no dudes en contactar con nosotros. Te explicamos todo el proceso y cómo podemos ayudarte.
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